HORARIO SECRETARÍA
L – V (10h-14h)
910 053 661
secretaria.sal@upsa.es
En el Departamento de Secretaría estamos a tu disposición. Aquí puedes solicitar los documentos que necesites en relación a tus estudios.
Resolveremos tus dudas referentes a normativas, matrícula, pagos, etc. o te indicaremos de qué manera proceder o a quien dirigirte en cada momento.
– Del 18 al 28 de noviembre de 2024
El plazo para abonar dichas asignaturas es del 18 al 28 de noviembre de
2024, que da derecho a presentarse en la convocatoria extraordinaria de
enero 2025.
– Del 20 al 30 de mayo 2025
El plazo para abonar dichas asignaturas es del 20 al 30 de mayo de 2025, que da derecho a presentarse en la convocatoria extraordinaria de junio 2025.
Las matrículas para las convocatorias extraordinarias sólo se podrán realizar a través del Campus Virtual.
El importe de asignatura pendiente es de 67,76 € / crédito.
Podrá realizar el abono mediante Tarjeta Bancaria una vez obtenga el total del importe a abonar al cumplimentar las asignaturas en los datos de matrícula extraordinaria en el Campus Virtual.
Para cualquier consulta, puedes dirigirte a la siguiente dirección de correo
Para alumnos del Grado de Enfermería: matriculaenfer.sal@upsa.es
Para alumnos del Grado en Fisioterapia: matriculafisio.sal@upsa.es
Hace Constar |
Temarios |
Remisión Título |
Expedición / Mantenimiento de Tarjeta |
Los alumnos de nuevo ingreso en titulaciones de Grado que soliciten reconocimiento de créditos por estudios universitarios cursados con anterioridad, deberán adjuntar con la solicitud de plaza la siguiente documentación:
Para poder realizar la solicitud de Certificación Académica, deberán seguir el trámite que se indica en este enlace
Para solicitar el traslado del expediente a otra universidad o la simultaneidad de estudios con otra universidad deberán seguir el trámite que se indica en este enlace
La anulación de la matrícula de la Facultad, solo podrá realizarse a instancia del alumno remitida por escrito a la Secretaría y dirigida al Vicedecano de la Titulación correspondiente. Da derecho a la devolución parcial de las tasas abonadas de acuerdo a los siguientes supuestos que podrás ver en el pdf.
La Orden ISM/386/2024 por la que se regulan las condiciones, el plazo y las normas del procedimiento para la suscripción del convenio especial con la Seguridad Social a efectos del cómputo de la cotización por los períodos de prácticas formativas y de prácticas académicas externas reguladas en la Disposición adicional quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, permite que las personas incluidas en el ámbito de la Orden soliciten a la Tesorería General de la Seguridad Social la suscripción del convenio especial, por una única vez, a fin de posibilitar el cómputo de la cotización correspondiente a los períodos de prácticas realizados que no supusieron su inclusión en el sistema de Seguridad Social, hasta un máximo de 1825 días (5 años).
La Orden afecta a aquellos estudiantes que hubieran realizado prácticas formativas remuneradas o no en las siguientes fechas:
• Prácticas no remuneradas, realizadas con anterioridad al 1 de enero de 2024.
• Prácticas remuneradas, realizadas con anterioridad 1 de noviembre de 2011.
• Doctorandos participantes en programas de formación de naturaleza investigadora, realizados con anterioridad al 4 de febrero de 2006.
• Becarios participantes en programas de formación no dirigidos a la obtención de un título, fueran o no de naturaleza investigadora, realizados con anterioridad al 1 de noviembre de 2011.
Para la suscripción del convenio se establece como requisito que las personas interesadas aporten a la TGSS documentación acreditativa de la realización de prácticas formativas o prácticas académicas externas mediante la presentación de una certificación de la Universidad donde cursaron sus estudios y requerirá el abono de los importes resultantes una vez suscrito el citado convenio.
En el supuesto de prácticas REMUNERADAS, la certificación podrá ser expedida por las empresas y entidades en que se hubieran realizado o bien por las entidades que las financiaron (de ser distintas).
Las prácticas EXTRACURRICULARES NO REMUNERADAS únicamente podrán ser certificadas por la Universidad si se aportan los documentos justificativos correspondientes, emitidos por las entidades en que se realizaron las prácticas, que deberán contener, al menos, el número de horas realizadas.
Toda la información relativa al convenio especial se puede consultar aquí.
La solicitud del hace constar, expedido por la Facultad, debe efectuarse a través del formulario que aparece a continuación con el abono correspondiente.
El Negociado de Becas de la Universidad Pontificia de Salamanca da a conocer a la comunidad universitaria todas las convocatorias relativas a ayudas destinadas a alumnos universitarios. Tramita las becas convocadas por el Ministerio de Educación y Formación Profesional, Junta de Castilla y León, Gobierno Vasco, Universidad Pontificia de Salamanca (Ayudas AFE y Becas de Cooperación eclesial) y Fundación Inés Luna Terrero, e informa del resto de convocatorias que llegan al departamento por diferentes vías.
Elevando el potencial de cada uno de los alumnos como pilar fundamental de nuestro trabajo a partir de la última evidencia científica
"Somos Salus" como lema de relación, unión y bien común que nos identifica con los valores de la institución.
El servicio a los alumnos como acto de entrega, su formación como esencia humanizadora de nuestro trabajo